El 26 de mayo de 1978 se derogaron los artículos 449 y 452 del Código Penal relativos al adulterio y al amancebamiento (lo que hoy conocemos como parejas de hecho). Hasta esta fecha, el adulterio femenino estaba penado con castigos de entre seis meses y un día hasta seis años de cárcel.

Despenalización del adulterio